· Nombre común del producto debe mostrarse en el panel principal en letras de igual altura y ancho.
Es responsabilidad del exportador asegurarse que los nombres comunes seleccionados para la especie de producto del mar que se está exportando sea aceptable para las autoridades responsables de la nomenclatura del país importador.
· La designación del peso debe mostrarse en unidades métricas en el panel principal. Las medidas dependerán del área del panel principal en la etiqueta. Pueden utilizarse unidades de peso “Canadienses” o “Imperiales” además de las unidades métricas.
· Si se utilizan términos no obligatorios tales como “en aceite de oliva”,
“desvenados”, etc. Para describir procesos especiales en las etiquetas, deberán mostrarse en un formato de letra cuya proporción no sea menor a la mitad de la altura de las letras utilizadas para describir el nombre común y no menos de 1.6 milímetros.
Cuando el producto contenga más de un ingrediente, deberá incluirse una lista completa de dichos ingredientes en orden descendente de proporción. La lista deberá incluir todos los aditivos utilizados.
· Deberá mostrarse el nombre y dirección del empacador y/o distribuidor.
· Deberá declararse el país de origen.
· Toda la información obligatoria deberá aparecer en Inglés y Francés, excepto si no se destina al consumo final.
· La información nutricional en la etiqueta deberá cumplir requerimientos Canadienses.
· No se permite marcar designaciones de calidad tales como “premium”, etc. En ningún contenedor o etiqueta, excepto si: Se han definido estándares específicos de calidad según las regulaciones. Por ejemplo, términos tales como “choice”, “selecto”, “supremo”, “superior”, “excelente”, son considerados designaciones de calidad y por lo tanto no son permitidas en las etiquetas. Se recomienda que las etiquetas sean diseñadas o revisadas por partes que conocen los requerimientos de etiquetado canadienses. Las etiquetas se pueden someter a revisión de la CFIA bajo ciertas cuotas8.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario